El 8 de enero se publicó la nueva ley de caza de Galicia (Ley 13/2013, del 23 de
diciembre), que viene a sustituir a la no tan antigua ley de 1997. Según la exposición
de motivos de la ley, esta nueva redacción ha sido necesaria por la “acelerada” transformación
que se ha producido en el paisaje agrario en los últimos años, modificándose
los hábitats y con ellos, las poblaciones de algunas especies. El aumento de jabalís,
corzos… está convirtiendo la actividad cinegética en una función social y ambiental,
además de deportiva y lúdica. Debe recordarse que la superficie cinegética de Galicia
comprende más del 80% del territorio, existiendo 454 TECORES (terrenos cinegéticamente
ordenados) y 25 explotaciones cinegéticas comerciales.
Las superficies mínimas de los terrenos de caza no varían y la acreditación necesaria de la cesión de los derechos cinegéticos
tampoco. Para constituir un TECOR local o societario (superficie mínima 2.000 ha), el promotor tiene que acreditar documentalmente
la titularidad de al menos un 75% de la superficie. Se presumirá la cesión de la titularidad del resto de la superficie solicitada
mientras los propietarios no manifiesten expresamente por escrito su negativa a integrarse. Sin embargo si se trata de un TECOR
individual es necesario acreditar el 100% de la superficie. El trámite de información pública, en el cual los propietarios podrán
efectuar las alegaciones que consideren pertinentes, será de dos meses. El problema para los afectados radica en cómo enterarse
de la información pública, pues son notorias las pocas facilidades de acceso a esta información. |